l presidente de la República, Daniel Noboa, envió el 9 de marzo de 2026 a la Asamblea Nacional del Ecuador un proyecto de ley urgente en materia económica orientado a incentivar la construcción de viviendas de interés social y reducir el déficit habitacional que afecta a cientos de miles de familias ecuatorianas.
La propuesta plantea reformar la Ley de Régimen Tributario Interno mediante la creación de un incentivo tributario dirigido al sector privado. El objetivo es promover la donación de viviendas de interés social al Estado y ampliar la oferta habitacional para familias de bajos ingresos.
Déficit habitacional supera las 700.000 viviendas
Según la exposición de motivos del proyecto, Ecuador enfrenta un déficit habitacional que supera las 700.000 viviendas, lo que evidencia la brecha entre la oferta formal de vivienda y la creciente demanda de miles de hogares en el país.
Datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) indican que el déficit habitacional cuantitativo alcanzó las 727.689 viviendas en 2022. Esta cifra refleja tanto la falta de nuevas construcciones como las condiciones precarias en las que aún viven numerosas familias.
El documento del Ejecutivo señala que esta problemática responde a factores estructurales, entre ellos el limitado presupuesto público destinado a programas de vivienda, las reducidas opciones de financiamiento para hogares de bajos ingresos y la escasa inversión privada en proyectos habitacionales de carácter social.
Impacto de eventos climáticos
A este panorama se suma el impacto de eventos naturales y antrópicos registrados en el país. Entre marzo de 2025 y marzo de 2026 se reportaron 2.687 emergencias que ocasionaron daños en 65.945 viviendas y la destrucción total de 1.553 casas, afectando a más de 232.000 personas en distintas zonas del territorio nacional.
Incentivo tributario para donación de viviendas
La reforma propone incorporar un beneficio dentro del régimen del impuesto a la renta para personas naturales o jurídicas que donen viviendas de interés social al ente rector de hábitat y vivienda.
El incentivo consistirá en una rebaja equivalente al 100 % del valor de la donación, con un límite máximo del 30 % del impuesto causado en el ejercicio fiscal correspondiente, sin derecho a devolución.
Para calcular el valor de la donación se tomará en cuenta únicamente el avalúo catastral de la vivienda construida, sin incluir el valor del terreno cuando este sea propiedad del beneficiario.
Impulso económico y generación de empleo
El Gobierno sostiene que esta reforma permitirá movilizar inversión privada en un contexto de restricciones fiscales que limitan la expansión del gasto público en programas de vivienda.
Además, el Ejecutivo subraya que el sector de la construcción tiene un fuerte efecto multiplicador en la economía nacional, al dinamizar actividades vinculadas con la producción de materiales, transporte, servicios profesionales y comercio, lo que podría generar nuevas oportunidades de empleo.
El incentivo tributario tendrá carácter temporal y se aplicará entre 2026 y 2029, período durante el cual se realizarán evaluaciones periódicas para medir su impacto fiscal y económico.
Trámite legislativo
De acuerdo con el artículo 140 de la Constitución de la República del Ecuador, la Asamblea Nacional del Ecuador deberá aprobar, modificar o rechazar el proyecto en un plazo máximo de 30 días desde su recepción.
Una vez calificado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL), el proyecto será remitido a una comisión especializada para la elaboración de los informes correspondientes, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Función Legislativa.














