La reforma entró en vigencia el 30 de septiembre de 2026 y establece nuevas disposiciones para el control vial, las multas, licencias, motocicletas, vehículos de micromovilidad, peajes y sistemas tecnológicos de identificación.
La reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial ya está vigente en Ecuador. Las nuevas disposiciones comenzaron a aplicarse desde el 30 de septiembre de 2026, luego de su publicación en el Registro Oficial.
El nuevo marco legal introduce cambios que involucran a conductores particulares, motociclistas, repartidores a domicilio, empresas de transporte y entidades encargadas del control del tránsito en el país.
Entre las principales modificaciones constan nuevas reglas para el control operativo de determinadas vías, cambios relacionados con las multas, requisitos para motocicletas utilizadas en actividades comerciales y disposiciones para el uso de tecnología en la identificación y monitoreo de vehículos.
Cambios en el control vial
La reforma establece nuevas competencias para las entidades encargadas del control operativo del tránsito. La Policía Nacional y la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) asumirán el control de determinadas vías estatales, corredores estratégicos y otros tramos establecidos en la normativa.
La aplicación de estas disposiciones busca definir con mayor precisión las responsabilidades de las instituciones que intervienen en la vigilancia y control de la circulación vehicular.
Nuevos requisitos para motocicletas de reparto
Los motociclistas que realizan actividades de entrega a domicilio deberán cumplir condiciones específicas de seguridad.
Entre los requisitos establecidos constan el uso de casco homologado, chaleco reflectivo y contenedores debidamente rotulados, en los que deberá identificarse la placa del vehículo.
La normativa también contempla disposiciones para el registro y control de los conductores y motocicletas que prestan este tipo de servicios.
Restricciones para ciclomotores y monopatines
La reforma incorpora reglas para los vehículos de micromovilidad, entre ellos ciclomotores y monopatines.
Estos vehículos tendrán restricciones para circular por determinadas vías, especialmente aquellas que forman parte de la red vial estatal y otros corredores donde su circulación pueda representar riesgos para sus usuarios y para el resto de actores viales.
Los conductores deberán conocer las vías autorizadas y las condiciones establecidas para este tipo de vehículos.
Descuento del 50 % en determinadas multas
Otro de los cambios que deberán considerar los conductores está relacionado con el pago de las infracciones.
La nueva normativa establece un descuento del 50 % en las multas cuando sean canceladas dentro de los 20 días posteriores a la notificación, siempre que la persona no haya impugnado la citación y se cumplan las condiciones establecidas por la ley.
Por ello, los conductores deberán revisar las notificaciones de tránsito y verificar los plazos correspondientes para acceder a este beneficio.
Licencias y tecnología para el control vehicular
La reforma también incorpora disposiciones relacionadas con las licencias de conducir y la utilización de herramientas tecnológicas para fortalecer el control del parque automotor.
Entre las medidas se contempla el uso de sistemas de identificación y monitoreo vehicular, con el objetivo de facilitar el seguimiento de los automotores y mejorar los mecanismos de control.
Los vehículos destinados al transporte público y comercial también deberán cumplir las disposiciones relacionadas con sistemas tecnológicos de rastreo, de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa.
Cambios relacionados con peajes
La nueva legislación contempla además modificaciones en materia de peajes y establece disposiciones para avanzar hacia mecanismos tecnológicos interoperables en la red vial estatal.
Estas medidas forman parte de un conjunto de cambios orientados a modernizar los sistemas vinculados al transporte terrestre y facilitar los procesos de identificación, control y gestión vehicular.
Conductores deberán conocer las nuevas disposiciones
Con la entrada en vigencia de la reforma, los conductores y demás usuarios de las vías deberán familiarizarse con las nuevas obligaciones y procedimientos.
Las autoridades de tránsito tendrán a su cargo la aplicación y control de las disposiciones dentro del ámbito de sus competencias, mientras que la ciudadanía deberá observar las nuevas reglas para evitar sanciones y garantizar una circulación segura.
La reforma marca un nuevo marco regulatorio para el tránsito y transporte terrestre en Ecuador, con cambios que abarcan desde el control de las vías y las sanciones hasta las condiciones de circulación de motocicletas y vehículos de micromovilidad.
La recomendación para los conductores es revisar las nuevas disposiciones y mantenerse informados a través de los canales oficiales de las instituciones competentes, especialmente la Agencia Nacional de Tránsito, la Policía Nacional y la Comisión de Tránsito del Ecuador.

























