Quito, 20 de julio de 2026.– Una reforma al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), que se analiza en la Asamblea Nacional, propone establecer como causal de destitución para alcaldes y prefectos la paralización, suspensión o abandono injustificado de obras públicas iniciadas por administraciones anteriores.
La iniciativa busca modificar el artículo 333 del Cootad con el propósito de impedir que los cambios de autoridades afecten la continuidad de proyectos financiados con recursos públicos y destinados al beneficio de la ciudadanía. De aprobarse la reforma, las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) podrían enfrentar procesos de remoción si, sin sustento técnico o legal, detienen la ejecución de obras heredadas de administraciones precedentes.
Según los proponentes, la medida pretende fortalecer la continuidad de la gestión pública y evitar que diferencias políticas entre administraciones perjudiquen a miles de ciudadanos que esperan la culminación de proyectos de infraestructura, agua potable, saneamiento, vialidad, salud, educación y otros servicios esenciales.
La reforma también busca garantizar un uso eficiente de los recursos del Estado, ya que la paralización de obras suele generar sobrecostos, deterioro de la infraestructura inconclusa, conflictos contractuales y perjuicios económicos para las comunidades beneficiarias.
El debate ha generado diversas reacciones entre autoridades locales y especialistas en administración pública. Mientras algunos consideran que la propuesta fortalecerá la responsabilidad de los gobiernos seccionales y evitará que las obras se conviertan en instrumentos de confrontación política, otros sostienen que la norma deberá precisar claramente los casos en los que una suspensión esté plenamente justificada por razones técnicas, financieras o jurídicas.
De ser aprobada por la Asamblea Nacional, la reforma incorporará una nueva causal de remoción para alcaldes y prefectos, reforzando el principio de continuidad de la administración pública y la obligación de garantizar que las inversiones realizadas con recursos de los ecuatorianos concluyan en beneficio de la población.














