La demandante no está de acuerdo con el fallo del Juez y anuncia llegar hasta las últimas consecuencias.
La tarde del 7 de marzo del 2022, el juez Byron Gavilanes Pilco, aceptó de forma parcial la acción de protección, declarando la vulneración parcial de los derechos a la salud amparado en el Art. 66 de la Constitución de la República, (Se reconoce y garantiza a las personas: el derecho a la integridad personal, que incluye: La integridad física, psíquica, moral y sexual, Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado), accion de protección que fue presentado por la funcionaria pública de carrera, Miriam Murillo Cóndor, perteneciente al Cuerpo de Bomberos del cantón Lago Agrio, en contra de la resolución administrativa Nro. 60-CBCLA-2021, emitida por Dionisio Salmón Encarnación Enrique, jefe de la mencionada entidad.
Otro de los artículos que tomó en cuenta el Juez fue el Art. 77 (Nadie podrá ser juzgado por un acto u omisión que al momento de cometerse no esté legalmente tipificado como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza, ni se le aplicará una sanción no prevista en la Constitución o la ley).
Apelarán la sentencia ante la Corte Provincial
Miriam Murillo, luego de conocer la resolución del Juez, manifestó no estar de acuerdo con la sentencia, esperaba sea aceptada de manera total y no parcial; pues únicamente se tomó en cuenta la vulneración de su derecho a las vacaciones por una hora y 54 minutos y no de un mes como debía considerarse.
“Vamos a ir lentos, pero seguros y apelaremos esta sentencia de primera instancia a la Corte provincial y si es el caso llegaremos hasta las últimas consecuencias” anunció.
Klever Bravo Arreategui, Defensor del Pueblo, se pronunció sobre el fallo del Juez, indicando no estar de acuerdo con la sentencia emitida de manera oral en el desarrollo de la audiencia, espera la debida notificación por escrito a las partes.
Bravo, considera que el Juez no analizó lo esencial del recurso interpuesto, que son los derechos constitucionales vulnerados y tienen que ver con el debido proceso, el derecho humano y Constitucional, a tal punto que el propio magistrado aceptó dicha vulneración de los derechos, al decir que la notificación fue a destiempo, pero al final se cumplió con el proceso administrativo.
Jefe de Bomberos reconoce haber existido vulneración de derechos
Dionisio Encarnación Enrique, tras conocer la sentencia, manifestó que efectivamente existió el error por parte de Talento Humano al notificar a la funcionaria a las 09h54 con un retraso de una hora y 54 minutos, existiendo una violación a sus derechos.
Indicó que se están tomando los respectivos correctivos a fin de que estos actos no vuelvan a repetirse en la institución bomberil. También menciona que una vez que la parte actora ha procedido a apelar la sentencia, como institución estarán atentos al proceso.
Por otro lado, indica que la institución lo que está haciendo es aplicar la resolución administrativa No 60-J-CBCLA-2021 aprobada el 20 de diciembre del 2021, en la cual se estableció el cronograma de vacaciones del personal para el ejercicio fiscal 2022.