El pedido de suspensión de los feriados del mes de noviembre, que hicieron médicos de Guayas, no es viable, debido a la cercanía de estos días de asueto.
Así lo confirmó la ministra de Gobierno, María Paula Romo, la tarde de este 27 de octubre del 2020.
“No hay manera de reformar la Ley de Feriados entre hoy y el lunes”, explicó la titular de la Cartera de Estado, en respuesta a la solicitud de los galenos, quienes argumentaron la necesidad de evitar una alta propagación del virus durante el asueto por el Día de los Difuntos y la Independencia de Cuenca.
Más temprano, Romo afirmó durante una entrevista en Televicentro que desde el COE Nacional están tomando todas las precauciones del caso. “Recibimos el llamado del gremio médico como un llamado a esto: a la precaución, a la prevención. Desde el COE nacional se hizo un pedido, una sugerencia para que los cementerios no funcionen en el feriado”. Recordó que ese día, por tradición, el camposanto puede ser un centro de aglomeraciones.
“Este llamado ha sido bien acogido por todos los municipios, yo diría que la mayoría de ellos han anunciado que serán cerrados y esta es una manera de responder a esta preocupación”. ¿Por qué no es posible cambiar la Ley de Feriados respecto a noviembre? El asambleísta de Creo, Héctor Yépez, explicó que es un tema de tiempos. Detalló que la Ley sí se podría modificar si se presenta un proyecto reformatorio, pero luego debería elaborarse un informe de primer debate, ir al pleno, luego un informe de segundo debate, regresar nuevamente al pleno, ahí se vota, luego va al Ejecutivo para veto, regresa y hay otra votación. “Imposible poner un plazo fijo, salvo que sea un proyecto económico urgente que ahí sí se debe aprobar en 30 días y solo puede ser presentado por el presidente de la República”. La legisladora de la ID, Wilma Andrade, afirmó que no se puede aprobar nada en menos de 30 o 45 días. “Le veo muy complejo, creo más bien que en base a las disposiciones al COE Nacional, debería darse lineamientos para que las aglomeraciones bajen el impacto”. Esteban Ron, experto político, aseguró que dos disposiciones de la ley de Feriados facultan al presidente para que pueda a través de decreto, no suspender el feriado que se viene; sino modificar el calendario en virtud de la estricta necesidad sanitaria, postergando el feriado dentro del rango anual. No obstante, este tipo de acto, debe tener el control de constitucionalidad por parte de la Corte. “Recordemos que la coordinación es un principio de administración pública que puede ser utilizado no solo en caso de emergencia sanitaria. Además, el acto normativo (decreto ejecutivo) deberá constar con la justificación y motivación necesaria en virtud de la grave situación sanitaria y de salud”, explicó Ron.